Cuando una relación laboral termina —ya sea por despido o renuncia— muchas veces aparece la posibilidad de hacer un acuerdo entre el trabajador y el empleador. La Ley 27.802 de Modernización Laboral incorporó un segundo párrafo que introduce una aclaración:
“…la homologación administrativa o judicial de los acuerdos conciliatorios, transaccionales o liberatorios le otorga autoridad de cosa juzgada”.
A estos acuerdos se los conoce como acuerdos conciliatorios o transaccionales, y están regulados por el artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Pero… ¿qué significa esto en la práctica?
¿Qué es un acuerdo laboral?
En palabras simples, es un arreglo entre el trabajador y el empleador para cerrar un conflicto. Por ejemplo: el trabajador reclama una indemnización, el empleador no quiere ir a juicio, y entonces acuerdan que se pague una suma menor, pero de forma rápida.
En definitiva, ambas partes ceden algo para evitar un problema mayor.
¿Por qué estos acuerdos son importantes?
Porque cuando están homologados (aprobados por un juez o una autoridad laboral), tienen un efecto muy fuerte: se consideran definitivos. Sobre todo con la nueva reforma laboral. Esto quiere decir que no podés volver a reclamar lo mismo después, y el conflicto queda cerrado.
En derecho, esto se llama “cosa juzgada”, pero en, en palabras sencillas, es como si ya hubiera una sentencia.
No siempre es tan justo como parece
Aunque la ley exige que estos acuerdos sean “justos”, en la práctica hay un problema porque muchas veces no se analizan todas las circunstancias del caso y los rubros pendientes de pago, el control de la autoridad puede ser limitado, y a veces, se aprueban acuerdos basados en lo que dicen las partes, y esto no es conforme a la ley.
Es decir, no siempre alguien revisa a fondo si realmente estás cobrando lo que te corresponde.
¿Se pueden renunciar derechos?
En principio, el derecho laboral protege al trabajador y dice que: no se pueden renunciar derechos básicos (como derechos que vienen de la ley, -indemnización por despido, vacaciones, aguinaldo-, de los Convenios Colectivos -adicionales o categoría laboral- o de los Estatutos Profesionales).
Pero en estos acuerdos aparece una zona gris, ya que se pueden negociar derechos discutidos, se pueden hacer concesiones. Incluso, podrías perder parte de lo que te correspondería. Por eso es que firmar sin asesoramiento es riesgoso y puede salirte caro.
Un detalle que muchas personas no saben
Muchos acuerdos incluyen una cláusula como esta: “Con este pago, nada más tengo que reclamar por la relación laboral”. Y esto significa que cerrás el reclamo actual y podrías estar renunciando a otros reclamos posibles.
Si estás por firmar un acuerdo laboral:
✔ No firmes apurado.
✔ Pedí una copia y leela tranquilo.
✔ Consultá con un abogado antes.
✔ Verificá que el monto sea razonable.
✔ Asegurate de entender a qué estás renunciando.
Los acuerdos laborales pueden ser una buena solución para evitar juicios largos, pero también pueden implicar perder derechos si no se analizan bien.
Tu consulta marca la diferencia y nunca es una perdida de tiempo. Hace clic en el siguiente botón y te orientamos para que estés más tranquilo.
