Cuando una persona está casada, muchas veces surge una duda importante: si uno de los cónyuges contrae una deuda, ¿el otro también debe pagarla?
El Código Civil y Comercial de la Nación regula esta situación dentro del régimen patrimonial del matrimonio, especialmente cuando el matrimonio funciona bajo el régimen de comunidad de bienes, que es el más común en Argentina.
Entender cómo funcionan estas reglas es fundamental para saber qué bienes pueden ser embargados y quién responde frente a los acreedores.
La regla general: cada cónyuge responde por sus propias deudas
En principio, la ley establece una regla simple:
Cada cónyuge responde por las deudas que él mismo contrajo.
Esto significa que si uno de los esposos pide un préstamo, compra algo financiado o genera una deuda, el acreedor puede reclamarle a esa persona y ejecutar sus bienes.
En general, el acreedor podrá perseguir:
- Los bienes propios del cónyuge deudor
- Los bienes gananciales que están a su nombre
- Su parte en bienes que tenga en condominio
El otro cónyuge, en principio, no responde por esa deuda, ya que la administración de los bienes dentro del matrimonio es separada.
Primera excepción: deudas para el hogar o los hijos
Hay situaciones en las que sí pueden responder ambos cónyuges.
Esto ocurre cuando la deuda se contrajo para cubrir necesidades del hogar o de los hijos, por ejemplo:
- gastos de alimentos
- educación de los hijos
- servicios del hogar
- gastos médicos familiares
- alquiler de la vivienda familiar
En estos casos, la ley entiende que se trata de obligaciones vinculadas a la vida familiar, por lo que ambos cónyuges pueden ser considerados responsables.
Esto se conoce como responsabilidad solidaria, lo que significa que el acreedor puede reclamarle el pago a cualquiera de los dos o a ambos.
Segunda excepción: gastos para conservar bienes del matrimonio
También existe otra excepción cuando la deuda se genera para conservar o reparar bienes gananciales, por ejemplo:
- reparar una casa que pertenece al matrimonio
- arreglar un vehículo comprado durante el matrimonio
- pagar impuestos o gastos necesarios para mantener un bien ganancial
En estos casos, el cónyuge que no contrajo la deuda también puede responder, pero solamente con los bienes gananciales que tenga a su nombre.
A diferencia del caso anterior, aquí la responsabilidad es más limitada.
¿Qué ocurre entre los cónyuges después?
Aunque frente al acreedor puedan responder ambos, entre los cónyuges puede existir un derecho de compensación.
Por ejemplo:
- si uno pagó una deuda que correspondía a los dos
- o pagó más de lo que le correspondía
luego puede reclamar al otro cónyuge la parte que le corresponde.
Este tipo de reclamos suelen resolverse cuando se liquida la comunidad de bienes, por ejemplo en un divorcio.
Tips para proteger los derechos de cada cónyuge
Para evitar problemas económicos o legales dentro del matrimonio, es recomendable tener en cuenta algunas precauciones:
✔ Informarse sobre las deudas que se contraen durante el matrimonio
La transparencia entre los cónyuges evita conflictos futuros.
✔ Conservar documentación de compras y bienes propios
Esto puede ser importante si hay que demostrar quién es el titular de un bien.
✔ Evitar firmar como garante sin analizar las consecuencias
Ser garante implica asumir una responsabilidad importante.
✔ Distinguir entre gastos personales y familiares
No todas las deudas afectan a ambos cónyuges.
✔ Consultar a un abogado antes de contraer deudas importantes
Especialmente cuando involucran bienes del matrimonio.
✔ Evaluar el régimen patrimonial del matrimonio
En algunos casos puede convenir optar por separación de bienes.
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