En el vasto terreno del derecho, la distinción entre nulidades absolutas y nulidades relativas es fundamental. Estas categorías nos permiten comprender mejor los vicios que pueden afectar los actos jurídicos y cómo se relacionan con los intereses en juego.

  1. Nulidades Absolutas:
    • Las nulidades absolutas son como un trueno en el cielo despejado: manifiestamente groseras y sin margen para la duda. ¿Qué las caracteriza?
    • El vicio que invalida el acto jurídico afecta un interés general, es decir, el orden público. Aquí no hay sutilezas; se trata de proteger la estructura misma de la sociedad y las buenas costumbres.
    • Ejemplos de nulidades absolutas son tan llamativos como inaceptables: desde el inicio de un juicio por cobro de deuda a una persona fallecida hasta contratos entre cónyuges que afectan el régimen de Comunidad de bienes. Contratos de ahorro donde no figuran los costos de financiación, los gastos, no se determina qué porcentaje de la cuota que abona el consumidor corresponde a capital, gastos, etc; proceso sucesorio abierto por letrada sin poder especial para juicios, montos de seguros irrisorios en contrato de seguro de la propiedad automotor.
    • Son imprescriptibles: el acto afectado por una nulidad absoluta no es confirmable, en tanto, por estar de por medio un interés general, es la misma sociedad la interesada en su invalidez, por lo que el acto podrá llevarse a cabo nuevamente sin el vicio que afecta al anterior y sin que sea posible su confirmación. (Es decir, por más que pase el tiempo, la nulidad puede ser declarada).

Nulidades Relativas: Más Allá de los Intereses Particulares

En contraste con las nulidades absolutas, las nulidades relativas se sumergen en las aguas más turbias de los intereses particulares. Aquí, el vicio que afecta el acto jurídico no es tan evidente como un rayo, sino que se esconde en las sutilezas del contexto.

La acción que emerge de la Nulidad Relativa puede sanearse por prescripción. Es decir, la persona afectada posee dos años desde que ha cesado la violencia, o ha conocido el dolo, el error o el vicio para reclamar la nulidad. De lo contrario, el vicio se sanea. Ya que al estar en juego un interés de carácter particular, el vicio del que adolece el acto jurídico sí puede ser confirmado; ello se consagra en el artículo 388 del CCCN.

Veamos algunos ejemplos:

  1. Contratos de Venta de Inmuebles y Automotores sin Asentimiento Conyugal:
    • Imagina un vendedor que, sin saberlo, lleva consigo una sombra del pasado: su primera esposa, ahora fallecida. El contrato de venta de un inmueble o un automotor se ve empañado por la falta de asentimiento conyugal de esta antigua compañera. El vicio, aunque no estruendoso, invalida el acto. En este caso, el interés particular del vendedor y el comprador se entrelazan en un baile de legalidades y afectan la validez del negocio jurídico.
  2. Nulidad de Matrimonio por Error en Cualidades Personales:
    • El amor es ciego, pero el derecho no lo es. Cuando un matrimonio se funda sobre un error en las cualidades personales del cónyuge, la nulidad relativa asoma su cabeza. ¿Qué cualidades? Quizás la identidad, la salud, orientación sexual, o incluso la fortuna. Si el error es sustancial y afecta el consentimiento, el matrimonio puede ser declarado nulo.
  3. Falta de Información en Contratos Bancarios:
    • Los contratos bancarios son como laberintos de papel. Si un banco omite información crucial al usuario, como tasas de interés, comisiones o cláusulas ocultas, la nulidad relativa acecha. Aquí, el interés particular del cliente se cruza con la transparencia contractual.
    • A veces, la buena fe del cliente es su mejor defensa, y si ha sufrido un perjuicio importante debido a la falta de información, puede invocar la nulidad.
    • En resumen, las nulidades relativas son como delicadas partituras legales, interpretadas por las partes involucradas. No se declaran de oficio, sino que esperan a que alguien las note y las haga sonar ante el juez.

¿Necesitás asesoramiento? Para evitar futuros inconvenientes, o resolver los ya existentes respecto de las Nulidades a puede contactarse al WhatsApp 376-4865340, sin cargo. Elaboraremos un presupuesto personalizado con un plan de medidas para avanzar. Si necesitas asesoramiento legal en asuntos de bienes muebles o inmuebles, no dudes en contactarnos. 

Tu consulta marca la diferencia. 📞