En muchas familias, especialmente cuando los padres están separados y uno de ellos vive fuera del país, surgen dudas sobre cómo dar permisos para que abuelos, tíos, padrinos, pareja de la madre o incluso personas de confianza puedan estar a cargo de los niños en actividades cotidianas.

En este artículo te explicamos qué dice la ley argentina, cómo se maneja esto en la provincia de Misiones y cuáles son las alternativas más prácticas para resolverlo sin complicaciones.

¿Se necesita el permiso del padre o madre que está en el exterior?

Depende del tipo de permiso que quieran otorgar.

Cuando hablamos de situaciones cotidianas —como dejar que un tercero retire al menor del colegio, lo cuide por la tarde o lo lleve al médico por una urgencia— no es obligatorio que el otro progenitor (que vive en el exterior) firme.

¿Por qué?
Porque quien convive con los hijos y tiene el cuidado personal puede tomar decisiones sobre la vida diaria de los menores sin requerir la participación del otro progenitor, siempre que no se trate de decisiones “trascendentes”.

El Código Civil y Comercial solo exige el consentimiento de ambos padres para cuestiones importantes, como:

  • Salida del país.
  • Cambio de residencia al exterior.
  • Tratamientos médicos graves.
  • Delegación prolongada de la responsabilidad parental.

Pero para la vida diaria, el padre o madre conviviente puede autorizar a terceros sin necesidad de que el otro firme.


¿Qué tipo de permiso se puede hacer en Misiones?

En la práctica, hay dos opciones:

A) Autorización simple ante escribano público

Es la opción más común y sencilla.
La madre o el padre firma ante un escribano un documento en el que autoriza a una persona determinada (abuela, tío, pareja, etc.) a:

  • Retirar a los menores de la escuela.
  • Llevarlos a consultas médicas.
  • Cuidarlos en su casa.
  • Realizar actividades cotidianas.

Tiene ciertas ventajas:

  • Es rápido de hacer.
  • No requiere al padre que vive afuera.
  • Aceptado sin problemas por escuelas, centros médicos y otras instituciones.

Esta autorización es válida siempre que se trate de cuidado cotidiano y no prolongado.


B) Delegación judicial del cuidado (art. 643 del CCCN)

Se utiliza solo cuando la madre o el padre necesita que un tercero tenga a su cargo a los menores por un tiempo prolongado, por ejemplo:

  • Si la madre o el padre debe viajar a otra provincia o al exterior por trabajo.
  • Si por motivos de salud no puede hacerse cargo temporalmente.
  • Si los menores convivirán con un familiar por varios meses.

En este caso, se debe iniciar un trámite ante el Juzgado de Familia de Misiones, donde el juez analiza la situación y aprueba la delegación.
El padre que vive en el exterior será notificado, pero su falta de respuesta no impide que el proceso avance si es en interés del niño.


¿Qué recomendamos en la mayoría de los casos?

Para actividades de la vida diaria:
Autorización notarial firmada solo por la madre. o el padre

Para un cuidado prolongado que reemplaza temporalmente la responsabilidad parental:
Delegación judicial del cuidado.


Tips prácticos

Especificá claramente en la autorización qué puede hacer la persona autorizada: retirar del colegio, acudir a consultas médicas, cuidado en el domicilio, actividades recreativas, etc.

Indicá datos completos: nombre completo, DNI de la madre o padre del menor y de la persona que recibirá la autorización.

Si el padre o madre vive en el exterior, guardar evidencia de que no participa activamente puede ser útil en caso de futuros trámites judiciales.

Evitar modelos descargados de internet sin firma notarial: muchas escuelas y centros de salud no los aceptan.

Actualizá la autorización cada cierto tiempo (1 o 2 años), especialmente si cambian las circunstancias familiares.

Para viajes internacionales, este tipo de permiso NO alcanza. Se necesita autorización expresa de ambos progenitores o una autorización judicial.

Cada familia tiene su propia realidad, y aunque muchas situaciones pueden resolverse con una autorización simple, en otras es necesario acudir a un escribano o incluso al Juzgado de Familia.
Por eso, antes de firmar cualquier permiso o delegar el cuidado de tus hijos en un tercero, es fundamental contar con asesoramiento legal adecuado.

En NotiLegal podemos ayudarte a evaluar tu caso, explicarte qué opción es la más conveniente y acompañarte en el trámite para que todo quede correctamente resuelto y sin complicaciones.
Si tenés dudas, consultá: un buen consejo a tiempo evita problemas en el futuro.